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Gabriel Nze Obiang, procesado cautelarmente por difamaciones contra Jerónimo Osa Osa

El Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción II de Malabo, Miguel-Ángel Nvé Nchama, procesa y suspende cautelarmente a Gabriel Nze Obiang de la actividad política, tras el auto del Magistrado Juez de Instrucción II de Malabo por la querella criminal iniciada por el Secretario General del Partido Democrático de Guinea Ecuatorial, Jeronimo Osa Osa Ecoro, por Injurias Graves, inferidas por escrito y por publicidad internacional.

Ayer conocimos el auto del Magistrado-Juez de Instrucción II de Malabo, Miguel-Ángel Nve Nchama, por la querella criminal interpuesta por el letrado José Olo Obono, en representación del  Secretario General del Partido Democrático de Guinea Ecuatorial (PDGE), Jerónimo Osa Osa Ecoro, por Injurias Graves inferidos por escrito  y con publicidad internacional, a través de unas publicaciones en las que el líder del partido político Ciudadanos por la Innovación (C.I.), Gabriel Nze Obiang Obono, acusó al Secretario General del PDGE de haber intentado sobornar con 500 millones de Francos CFAS a varios dirigentes de C.I.

En el escrito del Juez Instructor, se explica claramente que el Señor Nze Obiang, ha violado sistemáticamente los artículos 20, 21, 22 y 23, de la Ley sobre libertad de Reunión y Manifestación, incitando siempre a la violencia en los actos públicos y profiriendo injurias graves por escrito y con publicidad internacional; la acusación aportó como pruebas, los mencionados escritos que aparecen en la página web que tiene el partido que dirige el señor Nze Obiang Obono)

Las falsas y muy ofensivas acusaciones de Gabriel Nze Obiang contra Jerónimo Osa Osa, claramente atentan contra el ordenamiento jurídico de nuestro país y contra los principios básicos de la legislación internacional que defiende el derecho a la honorabilidad. Sin embargo, algunos medios digitales afines a la oposición han tachado la ofensa contra el Secretario General como “vagas, inconcretas  y exageradas”.

Por todo ello, el Auto emitido por el Juez, reconoce “serios indicios racionales  de delitos de Injurias y lesiones graves, recogidos en los artículos 457,45 y 420 y siguientes del Código Penal”. Y el procesamiento se ha llevado a cabo por lo establecido en el artículo 384 de la Ley de enjuiciamiento criminal.

Esta decisión judicial viene a poner orden en la habitual costumbre, hasta ahora no penalizada, de ofender gratuitamente a través de los medios digitales. Medios que pierden la cordura y la poca credibilidad de la que gozan, a la hora de ofender y difamar sin ningún tipo de criterio ni responsabilidad. La decisión judicial nos recuerda que la difamación, también en Guinea Ecuatorial, constituyen de delitos tipificados en nuestro ordenamiento jurídico.

(Adjuntamos documento en el que Nze Obiang el día 26 de mayo 2016, en la que acusaba al Secretario General del PDGE de intento de soborno y coacción.)

 

Gabinete de Prensa de la Oficina Nacional del PDGE

 

 

septiembre 29, 2016