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Sentencia del juicio relacionado con el Segundo intento de Golpe de Estado y Cambio de Gobierno

SENTENCIA DEL TRIBUNA MILITAR EN RELACIÓN AL FALLIDO GOLPE DE ESTADO DE 2017

El Tribunal Militar se reúne en Ovengazem contra los procesados: Fermín Abeso Mba, de 33 años de edad, casado ,hijo de Juan  Mba  Ovenga  y de Carmen Nchama, natural del Consejo de Poblado de Adjab Ncodjeiñ del distrito de Mongomo, Provincia de Wele Nzas, cabo primero de las fuerzas terrestres con destino actual en la plaza de Malabo.

Julio Obama Mefuman, de 59 años de edad, casado ,hijo de Pedro Obama Ndong  y de Catalina Mefuman, natural del Consejo de Poblado de Afangui  Meban del distrito de Micomeseng , Provincia de Kie Ntem, ex -cabo primero del ejército español con residencia actual en Madrid, Reino de España.

Feliciano Efa Mangue, de 40 años de edad, casado, hijo de Basilio Efa  y de Carmen Mangue, natural del Consejo de Poblado de Acam Nsomo del distrito de Ebibeyin, Provincia de Kie Ntem, soldado del ejército español con residencia actual en Madrid, Reino de España.

Bienvenido Ndong Ondo Eyang, de 40 años de edad, casado ,hijo de Mariano Ondo Akue  y de Teresa Eyang Nsi, natural del Consejo de Poblado de Okas Oveng del distrito de Mongomo, Provincia de Wele Nzas, empresario con residencial actual en Madrid, Reino de España.

Martín Obiang Ondo Mbasogo, de 42 años de edad, casado ,hijo de Felipe Ondo Obiang y de Ines Mbasogo, natural del Consejo de Poblado de Adjab Ncodjeiñ del distrito de Mongomo, Provincia de Wele Nzas, abogado con residencia actual en Madrid, Reino de España.

Pablo Ondo Nguema Mangue, de 49 años de edad, soltero, hijo de Alfonso Nguema  y de Esperanza Mangue, natural del Consejo de Poblado de Ndjiakom Esabira, del distrito de Bata, Provincia de Litoral, taxista con residencial actual en la ciudad de Bata.

Pelayo Enrique Nvo Nsono Andeme, de 40 años de edad, casado ,hijo de Rafael Nsono  y de Tarcila Andeme, natural del Consejo de Poblado de Mbea Nzomo del distrito de Micomeseng, Provincia de Kie Ntem, Economista Jefe de Departamento de Redes de la Oficina Nacional del Partido Democrático de Guinea Ecuatorial,  con residencial actual en la ciudad de Malabo.

Fructuoso Owono Nguema Mangue, de 45 años de edad, soltero ,hijo de Bonifacio Nguema Esono  y de Rosario Mangue, natural del Consejo de Poblado de Mezeyem  Concentrado del distrito de Mongomo, Provincia de Wele Nzas, Ingeniero logístico de GETESA,  con residencia en la ciudad de Malabo.

Bachard Kerim Afatik, de 66 años de edad, casado, hijo de Bachard Junior  y de Toumol Maille, chadiano de origen y de nacionalidad estadounidense de profesión comerciante, con residencia actual en Los Ángeles, Estados Unidos.

Abdel Mahit Mahamed, de 54 años de edad, casado, hijo de Abdel Mahamed y de Adjani Mahamed, chadiano de origen y nacionalizado sudanés, de profesión agricultor, con residencia actual en Radia, Sudán del Sur.

Quienes se hallaban en prisión preventiva por los delitos de rebelión; traición; delito contra el Jefe de Estado y contra la forma de Gobierno; espionaje; injurias al Jefe de Estado y al Vicepresidente de la República. Hecha relación por el juez instructor del resultando de la misma, oídas la acusación Fiscal y de los defensores presentes de los procesados, vista que se celebró a puerta cerrada.

Fundamentos de Hecho, resultando que el fallido golpe de Estado llevado en el mes de diciembre del año 2017 por los procesados en esta causa,  Martín Obiang Ondo Mbasogo  alias Obijey, Bienvenido Ndong Ondo alias Riky y Feliciano Efa Mangue y otros evadidos y afincados en ciertos países europeos, no presentes en este juicio, todos ellos decepcionados por el fracaso sufrido en su intentona citada anteriormente, se dieron cita en Madrid, capital del Reino de España, donde se concentra la mayoría de los miembros integrantes del grupo golpista y todos convinieron en la necesidad de crear el Movimiento de Liberación de Guinea Ecuatorial, Tercera República, movimiento que se encargaría de impulsar acciones tendentes a cambiar por la fuerza el régimen político instaurado actualmente en la Republica de Guinea Ecuatorial, para lo cual, se estructuró la dirección del movimiento con las siguientes asignaciones de responsabilidades entre sus cabecillas:

  • Presidente del movimiento, Martin Obiang Ondo Mbasogo
  • Vicepresidente del movimiento, Mateo Meseguer
  • Vocal, Sergio Abuy Nfubea
  • Vocal, Miguel Obama Mba
  • Vocal, Cristina
  • Vocal, Pedro Ondo
  • Jefe Financiero, Bienvenido Ndong Ondo Eyang
  • Responsable de ala militar, Feliciano Efa Mangue
  • Secretario, Ruben Clemente Nguema Engonga

Adoptada esta organización y con el fin de realizar su plan golpista en el mes de junio del pasado año 2019, el grupo integrado por Martín Obiang Ondo; Rubén Clemente Nguema Engonga; Bienvenido Ndong Ondo, y el señor Omar, entablaron contactos de nuevo con el coronel chadiano de nombre Haroun, antiguo miembro de los servicios de seguridad presidencial de Chad, mediante llamadas telefónicas entre el citado expatriado y Bienvenido Ndong Ondo, resultando que durante estas conversaciones mantenidas entre ambos en  relación a las causas que originaron el fracaso del ataque de diciembre del 2017, es cuando el chadiano le propone a Bienvenido Ndong Ondo verse con el súbdito francés Norbet Gazier, el cual, estaría en condiciones de ayudar al movimiento MLGE3R para diseñar un nuevo plan de golpe de Estado, identificado como plan B, seguidamente Bienvenido pasó esa información a Martín y se fueron al encuentro del francés en la ciudad de Normandía, juntamente con el señor Haroun quien manifestó en ese encuentro que disponía de un contingente de combatientes en la selva entre Congo, Camerún y Gabón, estos dos últimos países limítrofes con Guinea Ecuatorial.

Para la ejecución del plan B de ataque, las partes constataron la necesidad de equiparse con los medios combativos necesarios, al respeto el coronel Haroun les informó que existía la posibilidad de conseguir armamento y municiones en Sudán del Sur, pero, que para ello, necesitarían una aportación económica para sufragar los gastos de la adquisición de tales medios de guerra y la manutención del contingente encargado de llevar a cabo las operaciones armadas, resultando que después y en otros encuentros que tuvieron lugar en un café bar de París, los representantes de MLGE3R al no disponer capacidad económica suficiente para asumir la financiación derivada de los planes propuestos, solicitaron apoyo económico al señor Nobert Gazier para las atenciones indicadas en el primer encuentro, al respeto el francés se comprometió a financiar el ochenta por ciento (80%) de los gastos a cambio de un acuerdo por escrito firmado por el propio Martín y la promesa de nombrarle Consejero en el Gobierno que resultaría tras culminar la ejecución del golpe de Estado.

En tanto, los mismos golpistas asumirían la financiación del veinte por ciento (20%) restante, como estrategia para desviar la atención ante las autoridades de Sudán del Sur y otros lugares de tránsito. Los reunidos acordaron insertar en el documento citado anteriormente que el contingente de combatientes constituía un grupo de trabajadores que viajaría en calidad de desempleados en busca de trabajo a Guinea Ecuatorial. Decididos en ejecutar su plan, el súbdito francés les aconsejó adquirir medios de comunicación y otro material útil para las operaciones en campaña y de guerra.

Resultando que estos hechos han sido probados por el Tribunal.

Resultando que el Ministerio Fiscal, tras el interrogatorio a los procesados y las pruebas presentadas en el juicio oral, modificó los apartados tercero, cuarto y quinto de sus conclusiones provisionales, retirando la acusación por el delito de traición, considerado inicialmente contra el procesado Julio Obama Mefuman y manteniendo las acusaciones y los ilícitos penales estimados en sus conclusiones provisionales a los procesados como son traición, previsto y penado en el artículo 121-3 del Código Penal ordinario en relación al artículo 259-3 del Código de Justicia Militar; delitos contra el Jefe de Estado en su grado de tentativa, previsto y penalizado en el artículo 142 del Código Penal común; delito contra la forma de Gobierno en su grado de tentativa, previsto y penado en el artículo 163 del Código Penal común; espionaje previsto y sancionado en el artículo 132 del penal ordinario, en relación al artículo 274 del código de justicia militar; injurias al Jefe de Estado, preceptuado y penado, en el artículos 147 de Código Penal común; injurias a la Autoridad del Estado, previsto y penado en los artículos 244, 457, 458-2,3 y 4 y el 459 del Código Penal ordinario; apreciando como circunstancia modificativas de la responsabilidad criminal las agravantes 6,7,9, 12,13,14,15,16 del artículo 10 del Código Penal común, en relación a las correlativas del texto  castrense y en virtud de lo preceptuado en articulo 70-1 del vigente Código Penal común,  a tenor del grado de participación de los procesados en la comisión de los delitos objetos de este actuado, la naturaleza de los mismos y con el propósito de hacer honor a la Ley, solicitó finalmente para los procesados en esta causa las siguientes penas:

  • Martín Obiang Ondo Mbasogo, noventa años
  • Bienvenido Ndong Ondo Eyang, noventa años
  • Feliciano Efa Mangue, noventa años
  • Pelayo Enrique Nvo Nsono Andeme, setenta y siete años y diez meses
  • Fructuoso Owono Nguema Mangue, setenta y siete años y diez meses
  • Pablo Ondo Nguema Mangue, sesenta y cinco años y cuatro meses
  • Fermin Abeso Mba, sesenta y cinco años y cuatro meses
  • Bachard Kerim Afatik, sesenta años
  • Abdel Mahit Mahamed, sesenta años
  • Julio Obama Mefuman, sesenta años

 

Otro sí, decimos a la autoridad judicial que adopte cuantas medidas sean necesarias conforme a las leyes nacionales y las disposiciones internacionales ratificadas por la  República de Guinea Ecuatorial para solicitar la repatriación de Rubén Clemente Nguema Engonga; Salomón Abeso Ndong; Filiberto Mabale; Luis Akogo; el llamado Antonio; la denominada Cristina con residencia en Londres. Y para conducir a nuestro país a los extranjeros Norbert Gazier, de nacionalidad francesa; el Coronel Chadiano Haroun; el apodado Ramadan y el médico beninés Aoumar, a fin de que todos ellos puedan responder por sus actos ante las instituciones judiciales de Guinea Ecuatorial, país víctima de sus actuaciones voluntarias y antijurídicas.

Firma: Tribunal Militar
FUENTE: Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial

(Departamento de Prensa del PDGE)

marzo 27, 2020