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Respuesta institucional del PDGE a las declaraciones de Gabriel Nsé Obiang

Desde el Departamento de Prensa del PDGE contestamos a las recientes manifestaciones realizadas por Gabriel Nsé Obiang, líder del disuelto partido Ciudadanos por la Innovación (CI) que fue ilegalizado en su día por los acontecimientos violentos protagonizados por sus seguidores, y alentados por él mismo.

Malabo, 12 de julio de 2022
Mediante un tortuoso túnel de argumentaciones jurídicas y declaraciones banales, el que fuera líder del disuelto partido Ciudadanos por la Innovación (CI), Gabriel Nsé Obiang Obono, ha difundido un comunicado en las redes sociales en el que pretende defender la legitimidad jurídica de esta antigua formación política, para participar en los comicios venideros.

En relación con estas manifestaciones, el PDGE desea recordar a la opinión pública nacional e internacional la sucesión de hechos que dio lugar a la actual situación del señor Nsé Obiang y de su disuelto partido:

  • Ya en los años noventa del siglo pasado, Gabriel Nsé Obiang fue juzgado y declarado culpable de una serie de abusos criminales, cometidos durante su época como responsable militar. Pese a ello, en 2014, se beneficia de uno de los numerosos indultos concedidos por el Presidente de la Nación, y regresa a Guinea Ecuatorial para inscribir a su nuevo partido, CI. Pese a los antecedentes de su fundador, el partido fue legalizado en 2015, y pudo presentarse en las Elecciones Generales Parlamentarias y Municipales de 2017. Con ello se demostró la absoluta disponibilidad de la Jefatura de Estado y del Gobierno de Guinea Ecuatorial, para que, tanto Nsé Obiang, como sus seguidores y su partido, participaran en la vida política de nuestro país.
  • Lamentablemente, desde el principio de su andadura, los seguidores de la formación CI se distinguieron por sus actitudes extremadamente violentas, que tuvieron como colofón final las agresiones de militantes de CI a las Fuerzas del Orden Público en la ciudad de Akonibe; enfrentamientos en los que resultaron heridos varios ciudadanos, entre ellos, el propio Comisario Jefe Militar de la plaza, que fue golpeado y apaleado por los militantes de la formación.
  • A raíz de estos hechos, y habida cuenta de que CI venía acumulando numerosas denuncias por violencia, desórdenes, altercados y alteración reiterada del orden público, la Fiscalía General de la República presentó una querella criminal contra el partido, así como contra sus directivos y algunos militantes. Por esta causa, recayó sentencia en la Audiencia Provincial de Wele Nzas, que condenó a los dirigentes y declaró la disolución total de CI, en el correcto entendimiento de que las actividades violentas de esta formación política vulneraban los principios democráticos, e igualmente atentaban a las bases establecidas por la Ley Núm. 3/1992, de fecha 6 de enero, sobre Partidos Políticos en Guinea Ecuatorial, en su Artículo 21.
  • En sus recientes manifestaciones, el ex líder de CI afirma que la sentencia de la Audiencia Provincial de Wele Nzas no fue firme porque CI presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Al respecto, el PDGE hace saber a Gabriel Nsé Obiang Obono que esta afirmación carece de base jurídica, toda vez que, -con carácter general-, la interposición del Recurso de Amparo no suspende los efectos del acto o sentencia impugnados; debiendo el Alto Tribual valorar esta posibilidad caso por caso (véase el Artículo 63.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional de Guinea Ecuatorial).
  • En segundo lugar, Gabriel Nsé Obiang Obono dice que la declaración de extinción o disolución de un Partido Político debe hacerse por decisión del Consejo de Ministros y no por Sentencia judicial. El PDGE viene a recordarle que esta tesis es igualmente equivocada, puesto que la Ley número 8/1998, de fecha 26 de enero, por la que se modifican determinados artículos de la Ley de Partidos Políticos en Guinea Ecuatorial establece, en el Artículo 26, que “corresponde a los Tribunales de Justicia de Apelación declarar la extinción de un Partido Político…”.
  • En tercer lugar, afirma que los Decretos Presidenciales de Amnistía e Indulto de 4 de julio y 10 de abril del 2018 dejaron restaurado de pleno derecho al ex partido político CI. El PDGE le demuestra la falsedad de esta afirmación, remitiéndole al Artículo 24 de la Ley Núm. 3/1992 de Partidos Políticos, que es concluyente en el sentido de que “un Partido Político disuelto no puede ser nuevamente reconocido”.

Por todo lo anteriormente aclarado, el PDGE concluye que:

  1. a) El antiguo partido político CI fue condenado y disuelto mediante sentencia de la Audiencia Provincial de Wele Nzas. Dicha sentencia es firme y por ello CI ya no existe. Por lo tanto, las continuas actuaciones “institucionales” de este Partido disuelto son ilegales, así como cualquier acción que se pretenda en su nombre, es igualmente ilegal.
  2. b) En el supuesto de que Nsé Obiang y su extinta formación convocaran una manifestación, -tal y como amenaza en sus declaraciones-, esta manifestación será consecuentemente ilegal, de conformidad con el Artículo 23 de la Ley Núm. 4/2003, de fecha 13 de noviembre, por la que se modifica el Artículo 23 de la Ley Numero 8/1998, de fecha 26 de enero, sobre Partidos Políticos. En consecuencia, las autoridades competentes actuarán en defensa de la Ley y el Orden público.
  3. c) El Partido Democrático de Guinea Ecuatorial hace un llamamiento a todos los ciudadanos de Guinea Ecuatorial para permanecer atentos y vigilantes, y no dejarse engañar por individuos ambiciosos, guiados únicamente por sus propios y extravagantes intereses, incluso a costa de querer sembrar el desorden, el caos y la violencia en nuestro país.

El PDGE y todo el pueblo de Guinea Ecuatorial tienen como prioridad salvaguardar nuestra paz de todas las amenazas violentas que individuos como Gabriel Nsé Obiang difunden y quieren provocar.

Departamento de Prensa del PDGE

 

julio 12, 2022